Atribuciones de la Secretaría Técnica

  La Secretaría Técnica, para la implementación, operación y ejecución del Sistema de Justicia Penal, tiene las atribuciones siguientes:
I.        Auxiliar al Consejo de Coordinación en la elaboración de políticas, programas y mecanismos necesarios para instrumentar en los tres órdenes de gobierno una estrategia nacional para la implementación del Sistema de Justicia Penal;
II.       Coadyuvar y apoyar a las autoridades locales y federales en la implementación de la Sistema de Justicia Penal, cuando así se lo soliciten;
III.      Analizar, evaluar y dar seguimiento a los programas de coordinación elaborados por el Consejo de Coordinación;
IV.      Proponer y operar con las instancias correspondientes los proyectos de reformas constitucionales y
legales necesarias para la consecución del Sistema de Justicia Penal, de conformidad con los criterios diseñados por el Consejo de Coordinación;
V.       Coadyuvar con las instancias de seguridad nacional conducentes, para proponer las reformas legales y reglamentaria necesarias a fin de hacer frente a las amenazas y riesgos que enfrente el país en materia de justicia penal;
VI.      Coordinar sus acciones con las instancias del Sistema de Justicia Penal y de seguridad pública, responsables de mantener el orden constitucional;
VII.     Ejecutar las acciones necesarias para el cumplimiento de los acuerdos, lineamientos, normas, procedimientos y demás instrumentos normativos emitidos por el Consejo de Coordinación;
VIII.    Coadyuvar ante las instancias correspondientes para la ejecución de los cambios organizacionales, construcción y operación de la infraestructura propuesta por el Consejo de Coordinación;
IX.      Elaborar los programas de capacitación sobre el Sistema de Justicia Penal dirigidos a jueces, agentes del Ministerio Público, policías, defensores, peritos, abogados, así como a la sociedad en general.
X.       Apoyar las acciones para la ejecución de los programas de capacitación sobre el Sistema de Justicia Penal dirigidos a jueces, agentes del Ministerio Público, policías, defensores, peritos, abogados, así como a la sociedad en general;
XI.      Realizar los programas de difusión sobre el Sistema de Justicia Penal aprobados por el Consejo de Coordinación;
XII.     Suscribir los convenios de colaboración interinstitucional; así como los acuerdos de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y de cooperación internacional;
XIII.    Coordinar la operación y ejecución de los convenios y acuerdos indicados en la fracción anterior, en lo que competa al Consejo de Coordinación;
XIV.    Elaborar y someter a consideración del Consejo de Coordinación el informe correspondiente sobre los avances de sus actividades;
XV.     Dar seguimiento a los Acuerdos y resoluciones del Consejo de Coordinación;
XVI.    Resguardar la información y el libro de Acuerdos del Consejo de Coordinación;
XVII.   Recabar la información que se requiera para el cumplimiento del objeto del Consejo de Coordinación;
XVIII.  Crear Comités y Grupos de Trabajo, así como coordinar sus actividades;
XIX.    Contratar consultorías cuando se requieran para el apoyo en las funciones del Consejo de Coordinación;
XX.     Realizar estudios especializados sobre asuntos o temas que sean necesarios para el cumplimiento del objeto del Consejo de Coordinación;
XXI.    Elaborar y publicar informes de actividades del Consejo de Coordinación;
XXII.   Coadyuvar con el Consejo de Coordinación en la interpretación de las disposiciones del presente instrumento y el alcance jurídico de éstas, así como en el desahogo de las dudas que se susciten con motivo de su aplicación;
XXIII.  Planear, programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar el desarrollo de las acciones encomendadas a las Unidades que la conforman;
XXIV.  Designar y remover libremente a los servidores públicos de la Secretaría Técnica;
XXV.   Formular los proyectos de manuales de organización, procedimientos y servicios de las diversas áreas de la Secretaría Técnica, y
XXVI.  Las demás que le atribuya el Consejo de Coordinación y las previstas en las Reglas de Funcionamiento del mismo.
 
Última modificación:
Miércoles 30 de noviembre de 2011 a las 12:35:15 por Oscar Salgado Pelcastre
 
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